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Supuesto: SII busca mejorar el Flujo de Pagos a Proveedores PYME.
En Enero del presente año(2014), SII aprobó una reforma que señala, a grandes rasgos, lo siguiente:
- Una factura recibida, electrónica, debe ser RECEPCIONADA CONFORME, mediante un ACUSE DE RECIBO, para que pueda ser utilizada en los impuestos mensuales, dentro de los plazos estipulados por ley.
- Desde ese momento, la factura se transforma en un TITULO EJECUTIVO, siendo exigible para el Cliente.
El ánimo de esa ley, es doble, puesto que 1-Tiene de Mejorar la cadena de clientes a proveedores, sin que se obligue al emisor a pagar el IVA por la venta, sin tener nociones de los pagos por parte del proveedor.
2-También, el motivo, fue incentivar el uso de la Facturación electrónica, mediante la gama de servicios que existen en el mercado y en la Cual SII pueda hacer de fiscalizador de Pagos.
Problema:
Serv. De Impuestos Internos, pronto se vio en la situación que no puede fiscalizar con los medios que posee, los ACUSES DE RECIBO para dar fe en la aplicación de los impuestos, lo que para efectos impositivos, la ley no ha tenido buena utilidad por sí sola.
QUE SE VIENE AL RESPECTO: Ya señalé que la ley no tiene un gran efecto en cuanto a impuestos por sí sola, sin embargo, se planea la pronta integración de una resolución que SI puede ser una solución para el flujo de fondos de Empresas con problemas FINANCIEROS, principalmente obligadas a declarar el DEBITO FISCAL sin contar con los fondos.
La Modificación, dice relación a lo siguiente: Una vez pagada la factura, dará derecho a utilizar el CREDITO FISCAL.
Ello, implica un gran Salvavidas, tanto a SII como al PROVEEDOR, dado que el SII si contará con un Control mediante el cual pueda verificar y aprobar el correcto Uso del IVA; en cuanto al proveedor, asegurará que pueda declarar el IVA una vez recibidos los fondos por parte del cliente.
En cuanto a los agrícolas, obligará un rediseño en los programa de pagos a productores, en plazos establecidos por contratos.
DESCÁRGALO ACÁ reforma sii.pdf (76547)
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Mayor abundamiento, favor consultar. Gracias. Juan Manuel Jorquera. Septiembre 2014
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